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Confidencialidad

El presente acuerdo de confidencialidad (en adelante, el “Acuerdo”) se refiere a la información de carácter confidencial que CROWDSPORT, S.L. (en adelante, “XC”) proporciona a cualquier persona física y/o jurídica (en adelante, “Inversor”) registrada como Usuario en la Plataforma / Web de XC, en relación con la potencial y posible participación de XC y/o éstas en aquellas operaciones de inversión identificadas por parte de XC como “Oportunidad”, bien directamente, bien por terceros que puedan coinvertir con XC (en adelante la “Operación”).

 

La aceptación de los términos del presente Acuerdo no supone, en ningún caso, la consideración de compromiso u oferta vinculante de ninguna naturaleza pues representa un simple o mero interés preliminar del Inversor en analizar la Operación, reservándose el derecho a terminar el estudio y análisis de la Operación cuando estime conveniente y sin que la aceptación del presente Acuerdo constituya en ningún caso compromiso alguno de aseguramiento de participación en la Operación.

 

1.- En este sentido, cualquier información sobre la Operación que por cualquier vía, de cualquier forma y con posterioridad a la aceptación de los términos de este Acuerdo, ya sea oral o escrita, sea proporcionada por XC tendrá la consideración de “Información Confidencial”. No se considerará Información Confidencial la siguiente:

 

  • aquélla que llegue a ser pública, salvo que adquiera este carácter a causa de un incumplimiento del Acuerdo imputable al Inversor;

 

  • la información puesta a su disposición de forma no confidencial por cualquier persona o entidad distinta de XC y siempre que dicha puesta a disposición, según nuestro leal saber y entender, no vulnere disposición legal o contractual alguna; y

 

  • aquélla que pueda ser probado por el Inversor, que estaba en su posesión por medios legítimos con anterioridad a la firma del presente Acuerdo.

 

2.- En virtud del presente Acuerdo, el Inversor se compromete a:

 

  • mantener toda la Información Confidencial en secreto y no revelarla a terceros sin el consentimiento previo y expreso de XC (con excepción de directivos, empleados, representantes, asesores, y colaboradores del Inversor  que sea preciso para el estudio de la potencial Operación, siempre y cuando éstos se sometan a las mismas obligaciones de confidencialidad aquí previstas) (en adelante, las “Personas Autorizadas”);

  • no hacer uso de la Información Confidencial sino con objeto de evaluar una posible participación en la Operación e

 

  • informar sin excepción a todas las Personas Autorizadas por el Inversor, bajo su responsabilidad, de la existencia de este Acuerdo, del carácter secreto de la Información Confidencial y su obligación de cumplimiento.

 

3.- El Inversor no podrá comunicar a persona física o jurídica alguna (con excepción de las Personas Autorizadas) la puesta a disposición de la Información Confidencial, ni la existencia de negociaciones sobre la posible participación en la Operación, o cualquiera de sus términos y condiciones, incluyendo el estado de las mismas, sin el previo consentimiento de XC.

4.- El Inversor no podrá en ningún caso contactar directamente con el Emprendedor tras conocer de parte de XC la existencia de negociaciones y/o acuerdos sobre una posible participación en la Operación.

 

5.- En el supuesto de que bien por ley, por un Juez o Tribunal, o por cualquier otra autoridad o entidad supervisora y reguladora, el Inversor o las Personas Autorizadas sean requeridas a revelar todo o parte de la Información Confidencial, el Inversor podrá revelar la parte estrictamente necesaria de la Información Confidencial requerida y  notificará a XC dicho requerimiento a la mayor brevedad (salvo impedimento legal al respecto) y si fuera posible, con anterioridad a la divulgación solicitada por el organismo requirente.

 

6.- El Inversor será responsable de cualquier incumplimiento, declarado judicialmente por sentencia firme, de las obligaciones que se derivan del presente Acuerdo, incluyendo el supuesto de que dicho incumplimiento sea imputable a las Personas Autorizadas (cuando éstas pertenezcan a la plantilla del Inversor o sean proveedores de servicio de éste).

 

7.- El Inversor se compromete a devolver, previa petición escrita por parte de XC, toda documentación que contenga Información Confidencial, así como las posibles copias, extractos o cualquier reproducción de la misma, sea total o parcial, o bien, alternativamente, destruirla hasta donde sea técnicamente posible, salvo aquélla que razonablemente sea necesario mantener a efectos de cumplir con los procedimientos internos de supervisión y auditoría.

 

8.- Las obligaciones aquí previstas se mantendrá en vigor mientras el lnversor mantenga activo su registro en la plataforma xarxacapital.com y hasta doce (12) meses después de producirse su baja de la base de datos como Inversor o desde la última comunicación enviada por parte de XC. 

 

9.- El presente Acuerdo se regirá por las leyes españolas. Las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, se someten al de los Juzgados y Tribunales de Barcelona capital, para cualesquiera desavenencias que pudieran derivarse de este Acuerdo.

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